Se otorgaron nuevos aumentos salariales en la Comisión Paritaria
Se acordó un incremento del 7% en junio, un 11% en julio, un 12% en agosto y un 10% de la cantidad de UR que conforman la grilla a partir del 1/06/2023, lo que da un total de 46,30%. También habrá subas del premio estimulo y el reintegro por guardería.
Junto con las entidades gremiales en la reunión de Comisión Paritaria se ha resuelto:
* Otorgar un incremento salarial al personal comprendido en los niveles Básico, Medio y Avanzado de todos los Agrupamientos con el siguiente alcance:
- a) SIETE POR CIENTO (7%) a partir del 1º de junio de 2023 aplicable sobre las retribuciones mensuales, normales, habituales, regulares y permanentes vigentes al 31 de mayo de 2023.
- b) ONCE POR CIENTO (11 %) a partir del 1º de julio de 2023aplicable sobre las retribuciones mensuales, normales, habituales, regulares y permanentes vigentes al 30 de junio de 2023.
- c) DOCE POR CIENTO (12 %) a partir del 1º de agosto de 2023 aplicable sobre las retribuciones mensuales, normales, habituales, regulares y permanentes vigentes al 31 de julio de 2023.
* De esta manera, el valor de la UNIDAD RETRIBUTIVA (UR) comprendida en el Convenio Colectivo de Trabajo ACUMAR, N° 1390/14 “E” resulta a partir del:
- a)1° de junio de 2023 PESOS: DOSCIENTOS VEINTIOCHO CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($ 228,42).
- b)1° de julio de 2023 PESOS: DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 253,55).
- c)1º de agosto de 2023 PESOS: DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 283,98).
* Sustituir a partir del 1 de junio de 2023 la escala de carrera en unidades retributivas del artículo 71 del Convenio Colectivo de Trabajo-‐CCT-‐ N° 1390/14 “E”, por la que se incorpora a continuación:
Lo que representa el 10% de aumento en la cantidad de UR.
* Incrementar los montos mensuales del Premio Estímulo a la Asistencia de la siguiente manera:
Premio Estímulo a la Asistencia |
A partir del 01/06/2023 |
A partir del 01/07/2023
|
A partir del 01/08/2023 |
a. Asistencia Perfecta (100% del Premio) 100 UR | $ 22.842 | $ 25.355 | $ 28.398 |
b. Una Inasistencia Justificada (70% del Premio) 70 UR | $ 15.989 | $ 17.749 | $ 19.879 |
c. Dos Inasistencias Justificadas (40% del Premio) 40 UR | $ 9.137 | $ 10.142 | $ 11.359 |
* Abonar al personal el reintegro mensual de gastos de guardería y/o jardines maternales establecido en el Art. 88 apartado b) del CCT (el menor valor entre el 80% del importe de la Factura y 150 UR), en función del nuevo valor de la UR.
* Prorrogar los alcances del “Premio Estímulo por Asistencia” acordado en ACTA PARITARIA 2020, por el plazo de 1 año entre el 1° de junio de 2023 al 31 de mayo de 2024. En los próximos días se enviará el instructivo de “Licencias disponibles para el personal de ACUMAR y afectación del premio estímulo a la asistencia” con las modificaciones aprobadas.
* Continuar con las sumas fijas remunerativas no bonificables otorgadas por el artículo 2º del Decreto Nº 56/20 hasta el 31 de mayo del 2024. Cabe señalar que se tomará como base la retribución bruta, mensual, normal, habitual, regular y permanente aprobada al 31 de enero de 2020 del cargo que actualmente ocupe el agente, considerando para ello los suplementos y/o adicionales que el puesto conlleva. Asimismo, se aclara que los porcentajes de incremento no serán extensivos a las sumas fijas en cuestión.
* Convocar a una nueva audiencia de esta Comisión Paritaria en el mes de septiembre del corriente, para seguir ampliando derechos para las, les y los trabajadores.
De esta manera, el incremento acumulado por los meses de junio, julio y agosto en el valor de la UR es del 33,02% respecto al valor de la UR a mayo 2023.
El incremento de la cantidad de UR representa junto con el aumento en el valor de las UR, un acumulado del 46,32% para el período detallado.