Presentamos el informe del estado del agua en la Cuenca
Se trata del segundo análisis del año sobre el estado de agua superficial en el cauce principal y distintos arroyos afluentes de la Cuenca Matanza Riachuelo.
De acuerdo con un protocolo especialmente diseñado para el contexto de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, un equipo de técnicas y técnicos ambientales de ACUMAR llevaron a cabo el segundo estudio del año en veinte sitios diferentes en los que se tomaron muestras de agua superficial sin filtrar.
Esta campaña incluyó diversos puntos seleccionados en los partidos de Marcos Paz, Ezeiza, La Matanza, Lomas de Zamora, Lanús, Avellaneda y CABA, en los cuales a través de recorridas de los arroyos desde aguas arriba hacia aguas abajo, se llevaron a cabo las tomas de muestra, la constatación de las condiciones cualitativas y la medición de distintos parámetros en el lugar para luego permitir las determinaciones analíticas en Laboratorio Municipal de Avellaneda, equipado por ACUMAR.
El segundo estudio sobre las aguas superficiales y arroyos afluentes de la Cuenca da continuidad y permite establecer parámetros comparativos tanto con los datos obtenidos en los primeros análisis del año, realizados en junio, como con los registros de datos históricos del organismo. Esta serie de mediciones anuales se completará con la tercera y última campaña de monitoreo, prevista para mediados de noviembre.
Para conocer el segundo informe ingresa acá
Además, en nuestro sitio web contamos con la Base de Datos Hidrológicos, compuesta por registros históricos y una serie temporal disponible en forma abierta, pública y de acceso gratuito a toda la población. Esta información, permite a distintos públicos interesados, que abarca tanto a investigadoras e investigadores como alumnas y alumnos de distintos niveles educativos de todo el país, obtener datos de base científica y estudiar la Cuenca Matanza Riachuelo.
Al mismo tiempo, mediante la recolección de estos datos y su posterior análisis y comunicación, damos respuesta a lo indicado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que en la manda III del fallo del 8 de julio de 2008 indicó la realización de estas medidas de control sobre los cuerpos de agua y la biodiversidad de la Cuenca, realizando y poniendo a disposición del público informes trimestrales de evaluación de las condiciones ambientales.