Realizamos la gestión de trámites a distancia de forma digital
Continúa habilitada la Mesa de Entradas Virtual para quienes tengan que hacer gestiones ante el organismo durante la pandemia, de forma remota y digital.
En el marco de la emergencia sanitaria, la Mesa de Entradas de ACUMAR no atiende al público de forma presencial y permanecerá cerrada hasta tanto no se levanten las medidas dispuestas por el Gobierno Nacional. Por esta razón es importante que quienes deban hacer trámites ante nuestra Autoridad de Cuenca sepan que, desde el inicio de la pandemia, en ACUMAR habilitamos la Mesa de Entradas Virtual y continuamos recibiendo presentaciones a través de esta plataforma.
Las gestiones pueden hacerse de forma remota y digital en la Mesa de Entradas Virtual de ACUMAR que funciona a través de la plataforma Trámites a Distancia, (TAD).
Para realizar una presentación ante ACUMAR, se deben seguir los siguientes pasos:
- Ingresar a la plataforma Trámites a Distancia.
- Iniciar una “Presentación Ciudadana ante el Poder Ejecutivo”.
- Seguir el instructivo Guía para realizar el trámite de Presentación Ciudadana ante el Poder Ejecutivo, donde se explica detalladamente el procedimiento de carga.
Finalizada la gestión, se obtendrá un número de expediente. En la solapa “Notificaciones” se informa el número de trámite y destino de la documentación presentada.
En el caso de que el administrado posea un expediente en curso en el organismo y quiera conocer el estado de su tramitación, deberá realizar una “Solicitud de Toma de Vista”, también mediante la plataforma TAD, siguiendo estos tres pasos:
- Ingresar a la plataforma Trámites a Distancia.
- Iniciar una “Solicitud de Toma de Vista”.
- Seguir el instructivo Solicitud de Toma de Vista.
Aquí también, al concluir la gestión, se obtendrá un número de expediente. ACUMAR notificará la vista y se podrá visualizar desde la solapa “Notificaciones”.
Para cualquier otra duda o consulta se encuentra disponible el correo consultasmesa@acumar.gov.ar
ACUMAR adhirió, mediante la resolución N° 60/2020, a la suspensión de plazos administrativos determinada en el Decreto N° 278/2020 y sus modificatorias. Además, a través de la resolución N° 129/2020, el organismo determinó que los procedimientos de Compras y Contrataciones y los relacionados con el control de los establecimientos autorizados a funcionar estarán exceptuados de esa suspensión y deberán regirse por los plazos ordinarios, tal como se hacía previo a la situación de emergencia.